1.º Gobierno de
embarcaciones de recreo a vela de hasta 15 metros de eslora, que faculta para navegar en la zona comprendida entre la costa y una línea paralela a la misma, trazada a 12 millas de
ésta.
2.º Gobierno de embarcaciones de
recreo a vela de hasta 15 metros de eslora, que faculta para la navegación entre islas dentro del archipiélago balear y canario.
3.º Gobierno de embarcaciones de
recreo a motor de hasta 24 metros de eslora, que faculta para navegar en la zona comprendida entre la costa y una línea paralela a la misma, trazada a 12 millas de
ésta.
4.º Gobierno de embarcaciones de
recreo a motor de hasta 24 metros de eslora, que faculta para la navegación entre islas dentro del archipiélago balear y canario.
5.º Gobierno de embarcaciones de
recreo a motor de hasta 24 metros de eslora, que faculta para navegar entre la península ibérica y las Islas Baleares.
6.º Gobierno de embarcaciones de
recreo a vela de hasta 24 metros de eslora, que faculta para navegar en la zona comprendida entre la costa y una línea paralela a la misma, trazada a 12 millas de
ésta.
7.º Gobierno de embarcaciones de
recreo a vela de hasta 24 metros de eslora, que faculta para la navegación entre islas dentro del archipiélago balear y canario.
8.º Gobierno de embarcaciones de recreo a vela de
hasta 24 metros de eslora, que faculta para navegar entre la Península Ibérica y las Islas Baleares.
Requisitos de admisión:
Los interesados deberán tener cumplidos los 18 años de edad.